Basado en estudios científicos

Manifiesto para una vida digna del enfermo celíaco

Publicado: 21/03/2013 - Actualizado: 10/07/2020

Ante el estado de  desamparo en el que se encuentran las personas que padecen la enfermedad celiaca, que buscan una vida digna, sustentados ambos en un sobreprecio injustificado de los productos sin gluten, la falta de definición, por parte de la Administración, en torno a los parámetros que definen el término «sin gluten» y los reiterados errores en la declaración del gluten en los etiquetado de los poductos, La Asociación de Celíacos de Euskadi- E.Z.E. -Euskadiko Zeliakoen Elkartea desea hacer pública denuncia de esta situación.

Vida digna

Cerca del ochenta por ciento de los productos manufacturados que circulan hoy en día en libre comercio poseen gluten, circunstancia que delimita el arco de consumo de las personas celiacas.

Los productos considerados como básicos en la dieta de cualquier persona tienen que ser sustituidos, en el caso de los celíacos, por productos especiales sin gluten, de venta en herbolarios, tiendas especializadas o algunas grandes superficies, cuyo precio es mucho más elevado.

Los últimos estudios realizados por la Federación de Asociaciones de celíacos de España-FACE, analizan una dieta de entre 2.000 y 2.300 calorías, y deducen que el sobreprecio de la misma es de 152,87 euros al mes. La dificultad que algunas personas enfermas tienen para hacer frente a este gasto extra ocasiona transgresiones en la dieta con el alto riesgo que ello supone para su salud.

La Asociación de Celíacos de Euskadi- E.Z.E. -Euskadiko Zeliakoen Elkartea denuncia la falta de sensibilidad de la Administración en este campo, al negar cualquier tipo de subvención oficial al enfermo celiaco en su búsqueda de una vida digna.

Contrasta esta posición con la mantenida en la mayor parte de países de la Unión Europea que incluyen los productos básicos de la dieta sin gluten en el régimen de la Seguridad social para una vida digna, cuando no se expenden con receta médica. Además, el celiaco recibe algún tipo de subvención o reparación por su compra, algo que no ocurre en nuestra Comunidad Autónoma.

Ante las lagunas legislativas detectadas en la regulación del etiquetado de los productos sin gluten, las Asociaciones de Celíacos reclaman para una vida digna, desde hace más de veinte años, una legislación sobre etiquetado que obligue al fabricante a indicar de forma clara y veraz la relación de ingredientes presentes en los productos para que el celíaco pueda hacer su compra diaria con el menor riesgo posible.

No se trata de una solicitud en solitario. En fechas recientes se ha modificado la normativa europea sobre el etiquetado de alérgenos alimentarios con el fin de lograr una mejor protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información.

Según la nueva normativa, Directiva 2003/89/CE de la UE, las etiquetas de los alimentos deben indicar claramente la presencia de los ingredientes clasificados como posibles alergenos, entre los que se encuentran los cereales que contienen gluten.

A partir del 25 de noviembre de 2005 todos los productos comercializados deberán cumplir la nueva normativa. Sin embargo, para que esta directiva sea efectiva, la Asociación de Celíacos de Euskadi- E.Z.E. -Euskadiko Zeliakoen Elkartea demanda a la Administración que establezca unos niveles máximos de gluten para definir que es un «producto sin gluten», designe un método analítico «oficial» para la detección de gluten en los alimentos, realice una rutina de control analítico de gluten, sobre los productos declarados «sin gluten» de venta en el mercado y promueva la implantación del gluten como «peligro» dentro de de la cadena de control de su APPCC para evitar los problemas de contaminación cruzada.

La necesidad de un diagnóstico precoz de esta enfermedad para una vida digna, la ausencia de relevo de los profesionales dedicados al diagnóstico de la celíaquía en el País Vasco, los riesgos que conlleva comer fuera de casa, la dificultad detectada a la hora de que los comedores escolares, de empresa e incluso hospitalarios, se adecuen a las necesidades de la dieta sin gluten e incluso las dificultades para comulgar, dado que las obleas de maíz no se consagran, son algunos de los problemas con los que se encuentra día a día el enfermo celiaco y que han motivado esta queja en alta voz que persigue, por encima de cualquier otro interés, la consecución de una vida digna para el enfermo celiaco.

Fuente: Asociación de Celíacos de Euskadi- E.Z.E. -Euskadiko Zeliakoen Elkartea

Referencias

  1. Parlamento Europeo y Consejo. 2003. Directiva 2003/89/CE. Diario oficial de la Unión Europea.
  2. Reglamento (UE) n o  1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011 , sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n o  1924/2006 y (CE) n o  1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n o  608/2004 de la Comisión Texto pertinente a efectos del EEE

Acerca del autor
  • Dra. Loredana Lunadei

    La Dra. Lunadei es especialista en alimentación, dietética y nutrición. Es titulada por la Universidad de Milán donde hizo la licenciatura y el doctorado. Este es su Linkedin.